Columbarios: facilidades y estructuras

24 L.P.R.A. § 3868, under Ley de Servicios Funerarios de Puerto Rico.

24 L.P.R.A. § 3868

Los columbarios deberán estar cerrados con cristal u otro material para salvaguardar las urnas allí depositadas. Cada uno estará debidamente identificado con el nombre del cuerpo cremado cuyas cenizas allí se encuentran.