Facilidades y materiales

24 L.P.R.A. § 3966, under Clínica Permanente para Personas con Errores Innatos del Metabolismo.

24 L.P.R.A. § 3966

El(la) Director(a) de la clínica permanente para la atención, diagnóstico, prevención y tratamiento de personas con errores innatos del metabolismo usará el personal capacitado existente y solicitará a la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico que se le provean las facilidades y materiales que fueren necesarios para que la clínica pueda llevar a cabo sus funciones.