Obligaciones y responsabilidades del Departamento del Trabajo y de Recursos Humanos

24 L.P.R.A. § 3996g, under Carta de Derechos de las Personas que tienen el Síndrome de Down.

24 L.P.R.A. § 3996g

El Departamento del Trabajo y de Recursos Humanos ofrecerá adiestramientos a las personas con Síndrome de Down con el fin de que puedan integrarse a la sociedad, obtener un empleo adecuado y mantenerse empleados para su independencia económica y desarrollo laboral. Disponiéndose, además, que ofrecerán seminarios dirigidos a educar a los empleados y contratistas de aquellas entidades o compañías que proveen empleo a personas con Síndrome de Down, sobre la referida condición y la inclusión de estas al trabajo.

Asimismo, promoverá en coordinación con las agencias concernientes y la Rama Legislativa, iniciativas dirigidas al desarrollo e implementación de incentivos para aquellas empresas que proveen empleo a personas que tengan Síndrome de Down.