El Secretario de Salud determinará las horas de trabajo y duración de empleo de acuerdo con la condición física del “detenido”. Determinará, además, el tipo de trabajo a que pueda dedicarse.
24 L.P.R.A. § 453, under Tuberculosis.
24 L.P.R.A. § 453
El Secretario de Salud determinará las horas de trabajo y duración de empleo de acuerdo con la condición física del “detenido”. Determinará, además, el tipo de trabajo a que pueda dedicarse.