El Departamento de Transportación y Obras Públicas es la entidad gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico con la responsabilidad de desarrollar y promover un sistema de transportación integrado que, unido a la infraestructura vial y a la prestación de servicios, facilite el desarrollo económico de Puerto Rico en armonía con el ambiente. Y desde la población con Trastornos del Espectro Autista (TEA) en la sociedad, el Departamento desempeña un papel fundamental en la creación, diseño y mantenimiento de infraestructuras accesibles y amigables que consideren las necesidades para esta población y toda la ciudadanía.
(a) A tales fines, mediante este capítulo el Departamento de Transportación y Obras Públicas tendrá las siguientes responsabilidades:(a) El Departamento podrá, de conformidad con la sec. 6203(k) de este título, contratar o designar un empleado para cada una de sus regiones de servicio, en calidad de Coordinador Interinstitucional de Servicios, y colaborar en la implementación, ejecución y prestación de servicios a la población con Trastornos del Espectro Autista en el Departamento, y en orientación y coordinación de servicios con las demás entidades gubernamentales con responsabilidad respecto a este capítulo;(b) fomentará el diseño, rediseño, construcción de infraestructuras viales y de transporte público para que sean diseñadas de manera inclusiva y accesible para la población con Trastornos del Espectro Autista. Esto implica considerar elementos como señalización clara y consistente, cruces peatonales seguros, aceras amplias y libres de obstáculos u barreras arquitectónicas, y estaciones de transporte público accesibles para personas con discapacidad;(c) desarrollar programas de educación y concientización dirigidos tanto a la comunidad en general como a los empleados del Departamento en los cuales se enfatice en la interacción adecuada, respetuosa y comprensiva con personas con Trastornos del Espectro Autista, y sus familiares, en entornos de transporte público, como desde la distintas oficinas o dependencias en la cuales se le ofrece servicio al público;(d) crear y desarrollar políticas donde se promueva la inclusión de personas con Trastornos del Espectro Autista en todas las facetas de la planificación y operación del transporte y las obras públicas, esto enfocado en lograr que organizaciones e individuos de esta población como de personas con discapacidad puedan formar parte de consultas en el proceso de toma de decisiones y la asignación de recursos específicos para mejorar la accesibilidad en los sistemas de transporte público y sistema vial;(e) establecer y promover alianzas con organizaciones comunitarias que representen a personas con Trastornos del Espectro Autista y sus familias para identificar necesidades específicas, obtener retroalimentación sobre la efectividad de las iniciativas implementadas por el Departamento y promover una mayor conciencia sobre los desafíos que enfrenta esta población.
(a) El Departamento podrá, de conformidad con la sec. 6203(k) de este título, contratar o designar un empleado para cada una de sus regiones de servicio, en calidad de Coordinador Interinstitucional de Servicios, y colaborar en la implementación, ejecución y prestación de servicios a la población con Trastornos del Espectro Autista en el Departamento, y en orientación y coordinación de servicios con las demás entidades gubernamentales con responsabilidad respecto a este capítulo;
(b) fomentará el diseño, rediseño, construcción de infraestructuras viales y de transporte público para que sean diseñadas de manera inclusiva y accesible para la población con Trastornos del Espectro Autista. Esto implica considerar elementos como señalización clara y consistente, cruces peatonales seguros, aceras amplias y libres de obstáculos u barreras arquitectónicas, y estaciones de transporte público accesibles para personas con discapacidad;
(c) desarrollar programas de educación y concientización dirigidos tanto a la comunidad en general como a los empleados del Departamento en los cuales se enfatice en la interacción adecuada, respetuosa y comprensiva con personas con Trastornos del Espectro Autista, y sus familiares, en entornos de transporte público, como desde la distintas oficinas o dependencias en la cuales se le ofrece servicio al público;
(d) crear y desarrollar políticas donde se promueva la inclusión de personas con Trastornos del Espectro Autista en todas las facetas de la planificación y operación del transporte y las obras públicas, esto enfocado en lograr que organizaciones e individuos de esta población como de personas con discapacidad puedan formar parte de consultas en el proceso de toma de decisiones y la asignación de recursos específicos para mejorar la accesibilidad en los sistemas de transporte público y sistema vial;
(e) establecer y promover alianzas con organizaciones comunitarias que representen a personas con Trastornos del Espectro Autista y sus familias para identificar necesidades específicas, obtener retroalimentación sobre la efectividad de las iniciativas implementadas por el Departamento y promover una mayor conciencia sobre los desafíos que enfrenta esta población.