Coordinación entre las organizaciones no gubernamentales que ofrecen servicios a la población con Trastornos del Espectro Autista

24 L.P.R.A. § 6218, under Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista.

24 L.P.R.A. § 6218

(1) Las organizaciones comunitarias, con o sin fines de lucro, las organizaciones de base de fe y otras instituciones de la comunidad, que reciben fondos públicos, proveerán servicios directamente o apoyarán la provisión de servicios por el Gobierno o los municipios, según los recursos que tienen a su alcance. Estas organizaciones comunitarias, organizaciones con y sin fines de lucro, y de base de fe, tendrán participación en las siguientes áreas, pero sin limitarse a:(1) Conocer el perfil de las familias y sus necesidades en las comunidades donde ubican;(2) desarrollar programas, actividades e iniciativas en sus comunidades, en particular para la niñez con Trastornos del Espectro Autista y sus familias, y programas de vida independiente para jóvenes y adultos, de acuerdo con los principios y decretos esbozados en este capítulo, según los recursos fiscales disponibles y a su alcance;(3) asistir al Gobierno y a los municipios en la identificación de los recursos disponibles en sus comunidades;(4) ser agentes de cambio en la creación de nuevos proyectos que estén a tono con este capítulo; y promover la asignación de fondos para la implementación de esta política pública.

(1) Conocer el perfil de las familias y sus necesidades en las comunidades donde ubican;

(2) desarrollar programas, actividades e iniciativas en sus comunidades, en particular para la niñez con Trastornos del Espectro Autista y sus familias, y programas de vida independiente para jóvenes y adultos, de acuerdo con los principios y decretos esbozados en este capítulo, según los recursos fiscales disponibles y a su alcance;

(3) asistir al Gobierno y a los municipios en la identificación de los recursos disponibles en sus comunidades;

(4) ser agentes de cambio en la creación de nuevos proyectos que estén a tono con este capítulo; y promover la asignación de fondos para la implementación de esta política pública.