El Departamento de Salud adoptará la reglamentación necesaria para cumplir con las disposiciones de este capítulo.
24 L.P.R.A. § 667, under Ley de Concienciación sobre la Miastenia Gravis.
24 L.P.R.A. § 667
El Departamento de Salud adoptará la reglamentación necesaria para cumplir con las disposiciones de este capítulo.