Funciones del Cuerpo Directivo

24 L.P.R.A. § 7090, under Consejo Multisectorial del Sistema de Salud de Puerto Rico.

24 L.P.R.A. § 7090

El Cuerpo Directivo instrumentará la política administrativa y operacional. Está facultado y autorizado para tomar decisiones, ejecutar las mismas y ejercitar los derechos y poderes descritos en este capítulo que le hayan sido conferidos mediante reglamentación establecida a estos efectos por parte del Consejo.