Centros de salud, tratamiento y diagnóstico en municipios—Informes periódicos al Secretario

24 L.P.R.A. § 74n, under Centros de Salud y Dispensarios Rurales.

24 L.P.R.A. § 74n

Los gobiernos municipales que han suscrito un convenio someterán al Secretario de Salud, a través de las respectivas oficinas de área y oficinas regionales de salud, los informes periódicos sobre la operación y servicios prestados que el Secretario les requiera, así como cualquier informe especial que estime necesario o conveniente.