Los miembros de la Junta, que no sean funcionarios públicos, devengarán una dieta de treinta dólares ($30) por cada reunión a la que asistan.
24 L.P.R.A. § 74t, under Centros de Salud y Dispensarios Rurales.
24 L.P.R.A. § 74t
Los miembros de la Junta, que no sean funcionarios públicos, devengarán una dieta de treinta dólares ($30) por cada reunión a la que asistan.