El Tribunal de Primera Instancia tendrá jurisdicción original exclusiva para entender en los casos por violaciones de este capítulo o sus reglamentos y para imponer penalidades por las mismas.
24 L.P.R.A. § 887, under Harina.
24 L.P.R.A. § 887
El Tribunal de Primera Instancia tendrá jurisdicción original exclusiva para entender en los casos por violaciones de este capítulo o sus reglamentos y para imponer penalidades por las mismas.