Venta de tuberculina—Registro en Departamento de Salud

24 L.P.R.A. § 922, under Drogas en General.

24 L.P.R.A. § 922

Toda persona, natural o jurídica, importador, fabricante, traficante, ya sea o no vendedor de tuberculina en Puerto Rico, deberá registrar su nombre o firma comercial en el Departamento de Salud de Puerto Rico.