Reemplazo de personas designadas

25 L.P.R.A. § 168, under Sucesión de Emergencia.

25 L.P.R.A. § 168

Las personas designadas como sucesores interinos de emergencia estarán autorizadas para ejercer los poderes del puesto y desempeñarán los mismos hasta que sean reemplazados conforme se dispone en este capítulo.