Liquidación

25 L.P.R.A. § 2928, under Guardia Nacional; Fideicomiso Institucional.

25 L.P.R.A. § 2928

En caso de que este Fideicomiso sea abolido o que por justa causa se le despoje de las funciones descritas por este capítulo, sin que le suceda un organismo público o entidad en sus funciones, sus bienes muebles e inmuebles pasarán bajo el control y custodia de la Guardia Nacional y sus fondos y valores bajo el control y custodia del Secretario de Hacienda para ser utilizados en beneficio de la Guardia Nacional, según se disponga por ley.