Organización y deberes de los oficiales del Estado Mayor

25 L.P.R.A. § 2933h, under Fuerzas Militares de Puerto Rico.

25 L.P.R.A. § 2933h

El Estado Mayor será el organismo superior de coordinación y supervisión de la Guardia Nacional de Puerto Rico y consistirá de un Ayudante General Auxiliar con rango de General de Brigada, quien asumirá los deberes del Ayudante General en caso de ausencia o incapacidad de éste, a menos que otra cosa disponga el Gobernador de Puerto Rico, en cuyo caso hará la designación que entienda procedente.

Consistirá además de los Ayudantes Generales Auxiliares para el Componente Terrestre y el Componente Aéreo, con rango de General de Brigada, respectivamente nombrados a cargo de las distintas fuerzas militares terrestres, aérea y cualquier otra fuerza militar, posición o cargo que pudiera establecerse para, o adicionarse a, la Guardia Nacional de Puerto Rico, con arreglo a las leyes del Congreso de Estados Unidos o de Puerto Rico y los reglamentos respectivamente promulgados al efecto bajo dichas leyes. Además, incluirá al Oficial Técnico de Comando (Command Chief Warrant Officer V) y el Sergento Mayor de Comando (State Command Sergeant Major), que serán los encargados de asesorar al Ayudante General en cuestiones referentes a sus cuerpos. El Comandante de la Guardia Estatal formará parte del Estado Mayor.

Consistirá además de un Jefe de Estado Mayor, y demás oficiales que tuviere a bien designar el Ayudante General por delegación del Comandante en Jefe. Los susodichos oficiales ostentarán el rango y desempeñarán los deberes que por reglamento prescriba el Ayudante General mediante delegación por el (la) Comandante en Jefe.

Incluirá además al oficial a cargo del Comando de la Guardia Estatal de Puerto Rico, con rango de General de Brigada.