Servicio activo fuera de Puerto Rico

25 L.P.R.A. § 2951e, under Comando Estatal de la Guardia Nacional de Puerto Rico, Puerto Rico State Guard—Organización y Mando.

25 L.P.R.A. § 2951e

El Gobernador de Puerto Rico, a petición del presidente de Estados Unidos, podrá ordenar que la totalidad de este cuerpo o cualesquiera parte del mismo, ayude a las fuerzas militares de cualquier jurisdicción de Estados Unidos que estuvieren entonces dedicadas a la defensa de tal jurisdicción.