Exención de cumplir con L.P.A.U

25 L.P.R.A. § 3017, under Ley del Profesional Combatiente.

25 L.P.R.A. § 3017

Se eximen a las Juntas Examinadoras de las disposiciones de las secs. 9601 et seq. del Título 3, conocidas como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, referentes a los términos para formular los reglamentos necesarios para la [implantación] de este capítulo.