(1) (1) El Departamento tendrá unos asesores en materia médica para colaborar y asesorar los aspectos médicos y de emergencia de los funcionarios y componentes. También serán los asesores en materia de asuntos médicos para con los empleados de forma que se pueda establecer una política pública de ayuda haciéndose énfasis en la estabilidad emocional y buena salud mental. Esta oficina será la unidad de trabajo responsable de asesorar al Secretario sobre la política pública y administrativa en materia de salud del capital humano del Departamento.(2) Entre las funciones y responsabilidades de la Junta de Evaluación Médica estarán las siguientes:(a) Evaluará y recomendará las solicitudes de retiro por incapacidad física de empleados del Departamento.(b) Realizará evaluaciones médicas a los bomberos y técnicos de emergencias médicas que sean autorizados a trabajar por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado a los fines de determinar si se pueden reintegrar completamente a sus funciones o si deben otorgársele algún acomodo.(c) Evaluará todos los candidatos a policía, bombero y técnico de emergencias médicas para determinar su aptitud y condición física. Esta evaluación podrá incluir pruebas de laboratorio, rayos-x, evaluaciones psicológicas o cualquier otro método de diagnóstico aceptado generalmente en la práctica de la medicina.(d) Brindará consejería a los empleados víctimas de violencia en el desempeño de sus funciones, que enfrenten situaciones de violencia doméstica o estén pasando por alguna situación que afecte su estabilidad emocional, productividad, o su capacidad para desempeñar las funciones de su cargo.(3) Esta Junta estará compuesta por:(a) Un médico generalista,(b) un médico ocupacional,(c) un enfermero graduado,(d) un psicólogo,(e) un trabajador social, y(f) un psiquiatraEn aras de lograr el más eficiente uso de los recursos, para cada uno de los puestos de la Junta, el Secretario identificará recursos internos y, en caso de no existir personal con las características necesarias y requeridas, determinará si se llenará con un empleado a tiempo completo, un empleado a tiempo parcial o mediante un contrato de servicios profesionales.
(1) El Departamento tendrá unos asesores en materia médica para colaborar y asesorar los aspectos médicos y de emergencia de los funcionarios y componentes. También serán los asesores en materia de asuntos médicos para con los empleados de forma que se pueda establecer una política pública de ayuda haciéndose énfasis en la estabilidad emocional y buena salud mental. Esta oficina será la unidad de trabajo responsable de asesorar al Secretario sobre la política pública y administrativa en materia de salud del capital humano del Departamento.
(2) Entre las funciones y responsabilidades de la Junta de Evaluación Médica estarán las siguientes:(a) Evaluará y recomendará las solicitudes de retiro por incapacidad física de empleados del Departamento.(b) Realizará evaluaciones médicas a los bomberos y técnicos de emergencias médicas que sean autorizados a trabajar por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado a los fines de determinar si se pueden reintegrar completamente a sus funciones o si deben otorgársele algún acomodo.(c) Evaluará todos los candidatos a policía, bombero y técnico de emergencias médicas para determinar su aptitud y condición física. Esta evaluación podrá incluir pruebas de laboratorio, rayos-x, evaluaciones psicológicas o cualquier otro método de diagnóstico aceptado generalmente en la práctica de la medicina.(d) Brindará consejería a los empleados víctimas de violencia en el desempeño de sus funciones, que enfrenten situaciones de violencia doméstica o estén pasando por alguna situación que afecte su estabilidad emocional, productividad, o su capacidad para desempeñar las funciones de su cargo.
(a) Evaluará y recomendará las solicitudes de retiro por incapacidad física de empleados del Departamento.
(b) Realizará evaluaciones médicas a los bomberos y técnicos de emergencias médicas que sean autorizados a trabajar por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado a los fines de determinar si se pueden reintegrar completamente a sus funciones o si deben otorgársele algún acomodo.
(c) Evaluará todos los candidatos a policía, bombero y técnico de emergencias médicas para determinar su aptitud y condición física. Esta evaluación podrá incluir pruebas de laboratorio, rayos-x, evaluaciones psicológicas o cualquier otro método de diagnóstico aceptado generalmente en la práctica de la medicina.
(d) Brindará consejería a los empleados víctimas de violencia en el desempeño de sus funciones, que enfrenten situaciones de violencia doméstica o estén pasando por alguna situación que afecte su estabilidad emocional, productividad, o su capacidad para desempeñar las funciones de su cargo.
(3) Esta Junta estará compuesta por:(a) Un médico generalista,(b) un médico ocupacional,(c) un enfermero graduado,(d) un psicólogo,(e) un trabajador social, y(f) un psiquiatraEn aras de lograr el más eficiente uso de los recursos, para cada uno de los puestos de la Junta, el Secretario identificará recursos internos y, en caso de no existir personal con las características necesarias y requeridas, determinará si se llenará con un empleado a tiempo completo, un empleado a tiempo parcial o mediante un contrato de servicios profesionales.
(a) Un médico generalista,
(b) un médico ocupacional,
(c) un enfermero graduado,
(d) un psicólogo,
(e) un trabajador social, y
(f) un psiquiatra
En aras de lograr el más eficiente uso de los recursos, para cada uno de los puestos de la Junta, el Secretario identificará recursos internos y, en caso de no existir personal con las características necesarias y requeridas, determinará si se llenará con un empleado a tiempo completo, un empleado a tiempo parcial o mediante un contrato de servicios profesionales.