Identificación de los y las integrantes del Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres mediante el uso de una placa

25 L.P.R.A. § 3642a, under Ley del Departamento de Seguridad Pública.

25 L.P.R.A. § 3642a

Cada integrante del Negociado de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, graduado de la Academia de Búsqueda y Rescate, puede identificarse mediante el uso de una placa que llevará puesta sobre su uniforme. Las placas deberán contener un número único de identificación por cada empleado e igualmente deberán tener un distintivo que le identifique como integrantes del Negociado. Los empleados de las Oficinas Municipales para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres pueden identificarse mediante el uso de placas conforme a los reglamentos que adopte el Negociado.

El Negociado tendrá noventa (90) días contados a partir de la vigencia de la presente medida para revisar y, de ser necesario, enmendar sus reglamentos o adoptar nueva reglamentación conforme a lo dispuesto en este capítulo.