(a) La Academia de la Policía tendrá como misión alcanzar los siguientes objetivos:(a) Garantizar que los cadetes y los miembros de la Policía cuenten, pero sin limitarse, con la adecuada formación técnica, científica, táctica, ética y humanística, para que los mismos estén aptos para desempeñarse en las áreas de seguridad pública.(b) Velar por la implementación de un currículo académico que refleje las últimas y más desarrolladas técnicas de enseñanza en el ámbito policiaco, incluyendo, pero sin limitarse a todas las normas relacionadas con el Acuerdo para la Reforma Sostenible de la Policía de Puerto Rico.(c) Asegurarse que los cadetes y miembros de la Policía adquieran los conocimientos y las destrezas necesarias que le permitan desempeñarse efectivamente en la lucha contra el crimen y la seguridad pública.(d) Fomentar que el cadete y el miembro de la Policía cuenten con una visión integrada de los componentes del sistema de justicia en Puerto Rico.(e) Concientizar al candidato a ser policía de que el problema de la criminalidad en Puerto Rico afecta a todos los sectores de la sociedad, por lo cual se requiere un interés humano, realista y científico, así como actitud, visión y capacidad de solucionar problemas de manera rápida y efectiva.(f) Ofrecer cursos conducentes a la obtención de grados asociados, otorgando dichos grados y realizando graduaciones, de conformidad con las normas y procedimientos de la “Middle States Association” o cualquier otra entidad acreditadora reconocida en Estados Unidos de América. De igual forma, se faculta y autoriza a la Universidad de Puerto Rico, a las universidades privadas y a cualquier otra entidad debidamente acreditada para otorgar grados asociados, a que individualmente, o mediante la formación de consorcios o alianzas, ofrezcan y gradúen a estudiantes que ingresen al Centro con grados asociados relacionados a la seguridad pública.Asimismo, coordinará con el Departamento de Educación para colaborar en la creación de programas o currículos a nivel de escuela superior para que los estudiantes que tengan planes de ingresar a la Academia de la Policía puedan adelantar los créditos universitarios que necesitarán como requisito para ingresar a la Policía después de graduarse de la Academia.(g) Desarrollar en el estudiante los más altos valores morales, de disciplina y profesionalismo en el desempeño de su labor como agente del orden público.(h) Elaborar un programa de educación continua para los empleados de la Policía.(i) Coordinar el adiestramiento rutinario de los miembros de la Policía y cualquier otro programa de educación que le sea requerido y resulte necesario para el buen desempeño de la Policía de Puerto Rico.(j) Centralizará todas las operaciones de adiestramiento en un centro primario enfocado en maximizar los recursos de la Policía manteniendo aquellas facilidades secundarias que sean necesarias conforme a la naturaleza de los adiestramientos a ser ofrecidos.(k) Desarrollará un programa de capacitación académica para el personal de la Policía de Puerto Rico, mediante el cual coordinará y brindará adiestramientos continuos para todos sus empleados.(l) Fomentará los convenios educativos y conferencias dentro y fuera de Puerto Rico.(m) Educará profesionales en el campo de seguridad pública, ofreciendo las técnicas más modernas y con un profundo entendimiento de los elementos que afectan el comportamiento humano.(n) Ofrecerá cursos en los cuales integrará plenamente la tecnología y cómo utilizar la misma para adelantar las funciones de los distintos componentes de seguridad pública en beneficio de la sociedad.(o) Establecerá adiestramientos especializados para la Policía con la ayuda de recursos externos e internos. Como parte de tales adiestramientos, personal debidamente cualificado en manejo de crisis de personas con autismo ofrecerá cursos sobre cómo intervenir e interactuar con personas diagnosticadas con autismo. Se dispone, además, que como parte de los adiestramientos de educación continua que reciben los miembros de la Policía de Puerto Rico, se incluya, de manera compulsoria, un seminario anual de Lenguaje de Señas, a los fines de que estos se adiestren y atiendan apropiadamente a las personas sordas, con pérdida auditiva o impedimentos del habla.(p) Brindará seminarios de mediación de conflictos, para lo cual podrán establecer acuerdos colaborativos con entidades públicas o privadas, con el propósito de dotar a los policías con los conocimientos necesarios para orientar a la ciudadanía en aquellas instancias aplicables.(q) Ofrecerá cursos sobre el manejo del comportamiento suicida, a los fines de que los policías puedan, en aquellas instancias aplicables, manejar y controlar con mayor preparación las emociones.(r) Fomentará entre sus miembros principios fundamentales de respeto a la dignidad humana y las libertades individuales de los miembros de una sociedad democrática, buscando que éstos se conviertan en agentes de cambio social para Puerto Rico.(s) Podrá cobrar por ofrecer adiestramientos a personas ajenas a la Policía de Puerto Rico según se establezca mediante reglamento interno.(t) Llevará a cabo cualquier otra función que le sea asignada por el Superintendente y que sea consistente con los objetivos de este capítulo.
(a) Garantizar que los cadetes y los miembros de la Policía cuenten, pero sin limitarse, con la adecuada formación técnica, científica, táctica, ética y humanística, para que los mismos estén aptos para desempeñarse en las áreas de seguridad pública.
(b) Velar por la implementación de un currículo académico que refleje las últimas y más desarrolladas técnicas de enseñanza en el ámbito policiaco, incluyendo, pero sin limitarse a todas las normas relacionadas con el Acuerdo para la Reforma Sostenible de la Policía de Puerto Rico.
(c) Asegurarse que los cadetes y miembros de la Policía adquieran los conocimientos y las destrezas necesarias que le permitan desempeñarse efectivamente en la lucha contra el crimen y la seguridad pública.
(d) Fomentar que el cadete y el miembro de la Policía cuenten con una visión integrada de los componentes del sistema de justicia en Puerto Rico.
(e) Concientizar al candidato a ser policía de que el problema de la criminalidad en Puerto Rico afecta a todos los sectores de la sociedad, por lo cual se requiere un interés humano, realista y científico, así como actitud, visión y capacidad de solucionar problemas de manera rápida y efectiva.
(f) Ofrecer cursos conducentes a la obtención de grados asociados, otorgando dichos grados y realizando graduaciones, de conformidad con las normas y procedimientos de la “Middle States Association” o cualquier otra entidad acreditadora reconocida en Estados Unidos de América. De igual forma, se faculta y autoriza a la Universidad de Puerto Rico, a las universidades privadas y a cualquier otra entidad debidamente acreditada para otorgar grados asociados, a que individualmente, o mediante la formación de consorcios o alianzas, ofrezcan y gradúen a estudiantes que ingresen al Centro con grados asociados relacionados a la seguridad pública.
Asimismo, coordinará con el Departamento de Educación para colaborar en la creación de programas o currículos a nivel de escuela superior para que los estudiantes que tengan planes de ingresar a la Academia de la Policía puedan adelantar los créditos universitarios que necesitarán como requisito para ingresar a la Policía después de graduarse de la Academia.
(g) Desarrollar en el estudiante los más altos valores morales, de disciplina y profesionalismo en el desempeño de su labor como agente del orden público.
(h) Elaborar un programa de educación continua para los empleados de la Policía.
(i) Coordinar el adiestramiento rutinario de los miembros de la Policía y cualquier otro programa de educación que le sea requerido y resulte necesario para el buen desempeño de la Policía de Puerto Rico.
(j) Centralizará todas las operaciones de adiestramiento en un centro primario enfocado en maximizar los recursos de la Policía manteniendo aquellas facilidades secundarias que sean necesarias conforme a la naturaleza de los adiestramientos a ser ofrecidos.
(k) Desarrollará un programa de capacitación académica para el personal de la Policía de Puerto Rico, mediante el cual coordinará y brindará adiestramientos continuos para todos sus empleados.
(l) Fomentará los convenios educativos y conferencias dentro y fuera de Puerto Rico.
(m) Educará profesionales en el campo de seguridad pública, ofreciendo las técnicas más modernas y con un profundo entendimiento de los elementos que afectan el comportamiento humano.
(n) Ofrecerá cursos en los cuales integrará plenamente la tecnología y cómo utilizar la misma para adelantar las funciones de los distintos componentes de seguridad pública en beneficio de la sociedad.
(o) Establecerá adiestramientos especializados para la Policía con la ayuda de recursos externos e internos. Como parte de tales adiestramientos, personal debidamente cualificado en manejo de crisis de personas con autismo ofrecerá cursos sobre cómo intervenir e interactuar con personas diagnosticadas con autismo. Se dispone, además, que como parte de los adiestramientos de educación continua que reciben los miembros de la Policía de Puerto Rico, se incluya, de manera compulsoria, un seminario anual de Lenguaje de Señas, a los fines de que estos se adiestren y atiendan apropiadamente a las personas sordas, con pérdida auditiva o impedimentos del habla.
(p) Brindará seminarios de mediación de conflictos, para lo cual podrán establecer acuerdos colaborativos con entidades públicas o privadas, con el propósito de dotar a los policías con los conocimientos necesarios para orientar a la ciudadanía en aquellas instancias aplicables.
(q) Ofrecerá cursos sobre el manejo del comportamiento suicida, a los fines de que los policías puedan, en aquellas instancias aplicables, manejar y controlar con mayor preparación las emociones.
(r) Fomentará entre sus miembros principios fundamentales de respeto a la dignidad humana y las libertades individuales de los miembros de una sociedad democrática, buscando que éstos se conviertan en agentes de cambio social para Puerto Rico.
(s) Podrá cobrar por ofrecer adiestramientos a personas ajenas a la Policía de Puerto Rico según se establezca mediante reglamento interno.
(t) Llevará a cabo cualquier otra función que le sea asignada por el Superintendente y que sea consistente con los objetivos de este capítulo.