Se establecerá como política pública que la Policía de Puerto Rico, a través del Programa para la Profesionalización de la Policía de Puerto Rico, y como parte del programa de educación continua para todos los miembros de la Policía, el ofrecer adiestramientos especializados en violencia doméstica para los miembros de la Policía de Puerto Rico, así como un currículo especializado para los cadetes de la academia de la policía.
El desarrollo y establecimiento, tanto del currículo como de los adiestramientos, se realizarán en coordinación con la Oficina de la Procuradora de las Mujeres. Se requerirán no menos de seis (6) horas contacto anuales en readiestramientos a los miembros de la Policía de Puerto Rico en temas pertinentes al manejo de los casos de violencia doméstica. Estas horas contacto son adicionales e independientes al requisito mínimo de doce (12) horas anuales de educación continua, según establecido en la sec. 3837 de este título.