Comisionado del derogado Negociado de la Policía

25 L.P.R.A. § 3842, under Ley de la Policía de Puerto Rico.

25 L.P.R.A. § 3842

El Comisionado del Negociado de la Policía que al momento de la aprobación de esta Ley haya sido confirmado en su puesto por el Senado de Puerto Rico bajo la legislación previa, pasará a ser el Superintendente de la Policía de Puerto Rico sin que sea necesario que el Senado vuelva a prestar su consentimiento a su designación.