El Secretario del Departamento de Hacienda transferirá trimestralmente al Registro de Armas del Negociado de la Policía los recaudos por concepto de licencias y multas señalados en este capítulo. Los fondos recaudados serán utilizados exclusivamente para la operación continua e ininterrumpida del proceso de expedición de licencias de armas, sufragar el costo de la Oficina y el de cualquier campaña necesaria con el propósito de orientar al público sobre el uso y manejo de armas, o cualquier otro concepto que establezca este capítulo.