Licencia de armas digital

25 L.P.R.A. § 462p, under Ley de Armas de Puerto Rico de 2020.

25 L.P.R.A. § 462p

La licencia de armas se expedirá de forma digital por el Negociado de la Policía de Puerto Rico, a través de la plataforma que PRITS designe conveniente para la misma. La licencia de armas digital tendrá la misma validez que la expedida de forma física.

La Puerto Rico Innovation & Technology Service, en conjunto con el Departamento de Seguridad Pública y el Negociado de la Policía de Puerto Rico estarán encargados de designar, crear e identificar la plataforma digital a utilizarse a los fines de que los ciudadanos tengan el beneficio de obtener la licencia de armas en digital.