Causas para revocar o rehusar renovar una licencia especial de armas largas para el transporte de valores

25 L.P.R.A. § 465h, under Ley de Armas de Puerto Rico de 2020.

25 L.P.R.A. § 465h

(a) Constituirá motivo para revocar o rehusar renovar una licencia especial de armas largas para el transporte de valores bajo este subcapítulo, cualquiera de las siguientes causas:(a) Fraude o engaño en la obtención de la licencia;(b) violación de cualquiera de las disposiciones de este capítulo y sus reglamentos;(c) que el principal funcionario ejecutivo de la agencia de seguridad fuere convicto de cualquier delito que conlleve la revocación de la misma, según se dispone en este capítulo; y/o(d) que al principal funcionario ejecutivo de la agencia de seguridad le sea revocada su licencia de armas por cualquier motivo o este no renueve la misma.

(a) Fraude o engaño en la obtención de la licencia;

(b) violación de cualquiera de las disposiciones de este capítulo y sus reglamentos;

(c) que el principal funcionario ejecutivo de la agencia de seguridad fuere convicto de cualquier delito que conlleve la revocación de la misma, según se dispone en este capítulo; y/o

(d) que al principal funcionario ejecutivo de la agencia de seguridad le sea revocada su licencia de armas por cualquier motivo o este no renueve la misma.