Permisos—Renovación y prórroga

25 L.P.R.A. § 567, under Ley de Explosivos.

25 L.P.R.A. § 567

Toda persona que interese renovar algún permiso expedido bajo las disposiciones de este capítulo y sus reglamentos, deberá seguir el procedimiento establecido para la solicitud de permisos. El Superintendente podrá prorrogar el período de vigencia de un permiso, según se disponga por reglamento.