(1) Toda persona profesional del trabajo social deberá estar disponible para ejercer las funciones, deberes y responsabilidades de la profesión en cualquier momento durante una emergencia. Como profesionales prioritarios, las personas profesionales del trabajo social laborando en los departamentos, agencias, corporaciones, municipios y demás entidades gubernamentales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico deberán coordinar con sus centros de trabajo la respuesta en situaciones de emergencia para garantizar la continuidad de los servicios prioritarios a la ciudadanía. Para ello deberán:(1) Participar en la implementación de los planes de preparación, respuesta y recuperación ante una emergencia, según las funciones de su cargo y las determinaciones de la persona que ocupe el cargo de secretario, administrador, director o jefe de la agencia para la cual labora.(2) Estudiar las situaciones o casos bajo su responsabilidad para establecer prioridades y determinar la modalidad (presencial o a distancia) necesaria que garantice la continuidad de los servicios prioritarios, siguiendo la ética y las regulaciones existentes de la profesión.(3) De conformidad con el plan de acción y las guías de la persona que ocupe el cargo de secretario, administrador, director o jefe de la agencia para la cual labora, colaborar en el desarrollo e implementación de los modelos o planes para la prestación de servicios presenciales o a distancia bajo una situación de emergencia, a fin de minimizar los riesgos para la salud y la seguridad tanto de las personas bajo su atención como la propia.(4) Mantenerse informado sobre las recomendaciones para proteger la salud y seguridad de las personas a las que ofrece servicios, así como la propia, la de sus familiares y la de sus compañeros de trabajo. Esto incluye mantenerse actualizado constantemente con las medidas de prevención y respuesta emitidas por la entidad en la que trabaja y las órdenes ejecutivas, leyes y políticas federales y locales emitidas a consecuencia de la emergencia.(5) Asegurar y mantener el comportamiento ético adecuado y uso apropiado de equipos y materiales para el desempeño profesional y de materiales y equipos de seguridad y protección durante una emergencia.(6) Capacitarse con relación a los protocolos y procedimientos requeridos para la atención profesional en situaciones de emergencia, incluyendo la adaptación de servicios y el uso de nuevas técnicas y tecnología para la mitigación de riesgos y la continuidad de los servicios prioritarios.(7) Cuando en el ejercicio de los deberes y funciones de la profesión se vea comprometida su salud física y emocional, notificar al patrono para que se tomen las medidas necesarias para la protección de su salud y seguridad, así como la de las personas a las cuales ofrece servicios, y la de sus compañeros de trabajo.
(1) Participar en la implementación de los planes de preparación, respuesta y recuperación ante una emergencia, según las funciones de su cargo y las determinaciones de la persona que ocupe el cargo de secretario, administrador, director o jefe de la agencia para la cual labora.
(2) Estudiar las situaciones o casos bajo su responsabilidad para establecer prioridades y determinar la modalidad (presencial o a distancia) necesaria que garantice la continuidad de los servicios prioritarios, siguiendo la ética y las regulaciones existentes de la profesión.
(3) De conformidad con el plan de acción y las guías de la persona que ocupe el cargo de secretario, administrador, director o jefe de la agencia para la cual labora, colaborar en el desarrollo e implementación de los modelos o planes para la prestación de servicios presenciales o a distancia bajo una situación de emergencia, a fin de minimizar los riesgos para la salud y la seguridad tanto de las personas bajo su atención como la propia.
(4) Mantenerse informado sobre las recomendaciones para proteger la salud y seguridad de las personas a las que ofrece servicios, así como la propia, la de sus familiares y la de sus compañeros de trabajo. Esto incluye mantenerse actualizado constantemente con las medidas de prevención y respuesta emitidas por la entidad en la que trabaja y las órdenes ejecutivas, leyes y políticas federales y locales emitidas a consecuencia de la emergencia.
(5) Asegurar y mantener el comportamiento ético adecuado y uso apropiado de equipos y materiales para el desempeño profesional y de materiales y equipos de seguridad y protección durante una emergencia.
(6) Capacitarse con relación a los protocolos y procedimientos requeridos para la atención profesional en situaciones de emergencia, incluyendo la adaptación de servicios y el uso de nuevas técnicas y tecnología para la mitigación de riesgos y la continuidad de los servicios prioritarios.
(7) Cuando en el ejercicio de los deberes y funciones de la profesión se vea comprometida su salud física y emocional, notificar al patrono para que se tomen las medidas necesarias para la protección de su salud y seguridad, así como la de las personas a las cuales ofrece servicios, y la de sus compañeros de trabajo.
Serán eximidas de la responsabilidad de trabajo presencial durante una emergencia, en casos de epidemia o pandemia, las personas profesionales del trabajo social en gestación o con condiciones de salud de alto riesgo que, certificadas por un médico licenciado, deben ser protegidas de exposición a contagios. Estos podrán realizar tareas de manera remota o a distancia y, de ser necesario, podrán asumir otras responsabilidades profesionales a fin de garantizar la continuidad de los servicios prioritarios a la ciudadanía.