Remedios

25 L.P.R.A. § 74, under Ley para Reconocer la Profesión del Trabajo Social como Servicio Prioritario en Situaciones de Emergencia.

25 L.P.R.A. § 74

Cualquier controversia relacionada a la reclamación de un profesional del trabajo social contra un patrono a quien le exigió sus derechos al amparo de este capítulo y sufrió despido, represalias, suspensión, discrimen en el empleo o cualquier otra controversia no incluida en este capítulo, deberá ventilarse al amparo de las leyes laborales aplicables.