Informe ante la Asamblea Legislativa de los resultados, logros

25 L.P.R.A. § 987l, under Ley del Programa de Prevención y Seguridad para las Víctimas de Violencia de Género.

25 L.P.R.A. § 987l

Luego de la aprobación de esta ley, y a partir del informe que debe rendir el Comisionado en noventa (90) días, el Comisionado de la Policía tendrá el término de un año para presentar ante la Asamblea Legislativa un informe sobre los resultados, logros, hallazgos, aciertos y desaciertos tras la implantación del programa, desglosando el mismo por región o municipios. Ese informe deberá incluir recomendaciones para ampliar o mejorar esta o cualquier otra legislación pertinente.