Todo personal de las instituciones públicas y educativas de Puerto Rico, incluyendo, sin limitarse a, supervisores, empleados, maestros, profesores, contratistas, servicios personales o profesionales deberá ser orientado y adiestrado en dicho Plan.
25 L.P.R.A. § 988d, under Plan de Prevención, Acción y Mitigación de Incidentes de Tiradores Activos.
25 L.P.R.A. § 988d
Todo personal de las instituciones públicas y educativas de Puerto Rico, incluyendo, sin limitarse a, supervisores, empleados, maestros, profesores, contratistas, servicios personales o profesionales deberá ser orientado y adiestrado en dicho Plan.