Declaración jurada e informe del corredor

26 L.P.R.A. § 1008, under Aseguradores No Autorizados.

26 L.P.R.A. § 1008

(1) Al obtener un seguro de líneas excedentes, el corredor presentará al Comisionado un informe por duplicado y bajo juramento, expresando hechos de los cuales se pueda determinar si los requisitos de la sec. 1007 de este título se han cumplido, y en adición, lo siguiente:(1) Nombre y dirección del asegurador, y nombre y dirección de la persona designada en la póliza de conformidad con la sec. 1009(1) de este título, a quien el Comisionado deberá enviar copias de emplazamientos judiciales y otros documentos legales.(2) Número de la póliza expedida.(3) Nombre y dirección exacta del asegurado.(4) Naturaleza y cantidad de la responsabilidad asumida por el asegurador.(5) Tipo de prima cargada.(6) Cantidad total de prima.(7) Cualquiera otra información requerida por el Comisionado.El Comisionado prescribirá y suministrará el correspondiente modelo para el informe.

(1) Nombre y dirección del asegurador, y nombre y dirección de la persona designada en la póliza de conformidad con la sec. 1009(1) de este título, a quien el Comisionado deberá enviar copias de emplazamientos judiciales y otros documentos legales.

(2) Número de la póliza expedida.

(3) Nombre y dirección exacta del asegurado.

(4) Naturaleza y cantidad de la responsabilidad asumida por el asegurador.

(5) Tipo de prima cargada.

(6) Cantidad total de prima.

(7) Cualquiera otra información requerida por el Comisionado.El Comisionado prescribirá y suministrará el correspondiente modelo para el informe.

El Comisionado prescribirá y suministrará el correspondiente modelo para el informe.