Justificación de las decisiones adversas

26 L.P.R.A. § 10375, under Discrimen Indebido Contra Víctimas de Maltrato.

26 L.P.R.A. § 10375

(a) La organización de seguros de salud, asegurador o el profesional de seguros que actúe de alguna manera que afecte adversamente a una persona cubierta o asegurado, actual o potencial, a base de una condición de salud que sabe, o tiene motivos para saber, que está relacionada con el maltrato, explicará por escrito las razones de su proceder y estará preparado para demostrar que sus acciones y toda disposición aplicable del plan médico:(a) No tienen el propósito o efecto de tratar la condición de víctima de maltrato como una condición de salud o factor de asegurabilidad;(b) no se basan en una correlación real o percibida entre una condición de salud y el maltrato;(c) se permiten por ley y se aplican de la misma manera y con el mismo alcance a todas las personas cubiertas o asegurados, actuales o potenciales, que tengan una condición de salud similar, independientemente si la condición o reclamación se relaciona con el maltrato, y(d) excepto en el caso de alguna acción relacionada con una reclamación, se basan en una determinación hecha conforme a los principios actuariales establecidos y sustentada con evidencia estadística razonable de que hay una correlación entre la condición de saludy un aumento sustancial de riesgo con respecto al seguro.

(a) No tienen el propósito o efecto de tratar la condición de víctima de maltrato como una condición de salud o factor de asegurabilidad;

(b) no se basan en una correlación real o percibida entre una condición de salud y el maltrato;

(c) se permiten por ley y se aplican de la misma manera y con el mismo alcance a todas las personas cubiertas o asegurados, actuales o potenciales, que tengan una condición de salud similar, independientemente si la condición o reclamación se relaciona con el maltrato, y

(d) excepto en el caso de alguna acción relacionada con una reclamación, se basan en una determinación hecha conforme a los principios actuariales establecidos y sustentada con evidencia estadística razonable de que hay una correlación entre la condición de saludy un aumento sustancial de riesgo con respecto al seguro.