Propósito

26 L.P.R.A. § 1201, under Tipos y Organismos Tarifadores.

26 L.P.R.A. § 1201

(1) El propósito de este capítulo es fomentar el bienestar público mediante la reglamentación de tipos de seguros con el fin de que éstos no sean excesivos, inadecuados ni injustamente desiguales, y autorizar y reglamentar acción cooperativa entre aseguradores respecto de la fijación de tipos y otras materias dentro del alcance de este capítulo. Nada de lo contenido en este capítulo tiene por objeto:(1) Prohibir o desalentar la competencia razonable, o(2) prohibir o estimular, excepto hasta donde fuere necesario para llevar a cabo el propósito antes mencionado, la uniformidad en tipos de seguros y sistemas, planes o prácticas tarifarias.

(1) Prohibir o desalentar la competencia razonable, o

(2) prohibir o estimular, excepto hasta donde fuere necesario para llevar a cabo el propósito antes mencionado, la uniformidad en tipos de seguros y sistemas, planes o prácticas tarifarias.

Este capítulo deberá interpretarse liberalmente para llevar a efecto las disposiciones de esta sección.