Evidencia de asegurabilidad

26 L.P.R.A. § 1705, under Seguro Colectivo y General de Incapacidad.

26 L.P.R.A. § 1705

La póliza podrá contener una disposición estableciendo las condiciones, si alguna, bajo las cuales el asegurador se reserva el derecho de requerir de una persona elegible para seguro que presente evidencia de asegurabilidad individual satisfactoria para el asegurador.