Organizaciones de servicios de salud

26 L.P.R.A. § 1928, under Organizaciones de Servicios de Salud.

26 L.P.R.A. § 1928

Todo certificado de autoridad expedido a una organización de servicios de salud continuará en vigor hasta que expire, pero sujeta a que antes de la medianoche de la fecha de expiración, se pague al Comisionado la aportación anual establecida en la sec. 701 de este título.