Asegurador mutualista, definición

26 L.P.R.A. § 2904, under Poderes Corporativos y Procedimientos de Aseguradores por Acciones y Mutualistas del País.

26 L.P.R.A. § 2904

Asegurador mutualista.— Es el asegurador incorporado sin capital social o acciones, y es poseído por sus tenedores de pólizas.