Revisión

26 L.P.R.A. § 3630, under Sociedades Fraternales Benéficas.

26 L.P.R.A. § 3630

Todas las decisiones del Comisionado de Seguros hechas con arreglo a este capítulo estarán sujetas a revisión por la sala correspondiente del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico.