(1) Es la persona nombrada por un asegurador como contratista independiente o por comisión, total o parcialmente, con poderes o deberes generales para inspeccionar el otorgamiento y las operaciones de servicio de pólizas del asegurador, contratar representantes autorizados para el asegurador y llevar a cabo otras funciones que éste le confiera conforme a los términos del contrato, tales como:(1) Recibir y aceptar negocios solicitados o gestionados por productores.(2) Computar tarifas.(3) Refrendar las pólizas.(4) Emitir endosos, refrendar y mantener récords de los mismos.(5) Entrenar a los productores sobre nuevos productos disponibles.(6) Tramitar la experiencia de pérdidas.(7) Procesar las cancelaciones de las pólizas.(8) Facturar y cobrar la prima correspondiente.(9) Tramitar y efectuar la devolución de primas.(10) Tramitar y efectuar el pago de comisiones a los productores.(11) Seleccionar riesgos conforme a las guías de suscripción establecidas.El agente general que interese actuar como representante autorizado vendrá obligado a cumplir con los requisitos establecidos en este capítulo para obtener una licencia como tal.
(1) Recibir y aceptar negocios solicitados o gestionados por productores.
(2) Computar tarifas.
(3) Refrendar las pólizas.
(4) Emitir endosos, refrendar y mantener récords de los mismos.
(5) Entrenar a los productores sobre nuevos productos disponibles.
(6) Tramitar la experiencia de pérdidas.
(7) Procesar las cancelaciones de las pólizas.
(8) Facturar y cobrar la prima correspondiente.
(9) Tramitar y efectuar la devolución de primas.
(10) Tramitar y efectuar el pago de comisiones a los productores.
(11) Seleccionar riesgos conforme a las guías de suscripción establecidas.
El agente general que interese actuar como representante autorizado vendrá obligado a cumplir con los requisitos establecidos en este capítulo para obtener una licencia como tal.