Creación

27 L.P.R.A. § 267, under Ley de Telecomunicaciones de Puerto Rico de 1996.

27 L.P.R.A. § 267

(a) Por la presente se crea la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico como la agencia encargada de reglamentar los servicios de telecomunicaciones en Puerto Rico y de dar cumplimiento y administrar este capítulo. Todas las órdenes y autorizaciones que expida y emita la Junta se expedirán a nombre de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico, y todos los procedimientos instituidos por la Junta lo serán a nombre del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

(b) La Junta tendrá un sello oficial con las palabras “Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico” y el diseño que la Junta prescribiere.