Las compañías de telecomunicaciones deberán incluir, de manera compulsoria, en sus páginas de Internet, redes sociales, facturas y en cualquier medio electrónico, una advertencia sobre el derecho del consumidor a objetar las facturas e incluir información de contacto del NET. La factura indicará los medios más convenientes para contactar al NET, entre estos: números de teléfono, horario de servicios, dirección física y postal, portales de Internet y correo electrónico.