Página de Internet, redes sociales y medios electrónicos

27 L.P.R.A. § 575, under Ley de Orientación al Consumidor Sobre la Información de Contacto de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor en las Facturas de Compañías de Telecomunicaciones.

27 L.P.R.A. § 575

Las compañías de telecomunicaciones deberán incluir, de manera compulsoria, en sus páginas de Internet, redes sociales, facturas y en cualquier medio electrónico, una advertencia sobre el derecho del consumidor a objetar las facturas e incluir información de contacto del NET. La factura indicará los medios más convenientes para contactar al NET, entre estos: números de teléfono, horario de servicios, dirección física y postal, portales de Internet y correo electrónico.