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29 L.P.R.A. § 100d, under Disposiciones Administrativas.

29 L.P.R.A. § 100d

(1) Dentro de cuarenta y cinco (45) días después de la aprobación de esta ley, toda organización laboral sujeta a sus disposiciones deberá notificar a la Junta o a la Comisión, según le corresponda, un documento que contenga la siguiente información:(1) Nombre de la organización.(2) Dirección y teléfono de las oficinas principales y de sucursales y/o subsidiaria locales o regionales.(3) Nombre y cargos de sus directivos principales conforme a sus estructuras de dirección reglamentaria.(4) Copia de convenio colectiva vigente y de la constitución y reglamentos internos de la organización.(5) Número de empleados afiliados y agencias o corporación pública en la cual trabaja su matrícula.(6) Cuota de [matrícula].(7) Copia del último estado de situación económica preparado por la organización, responsabilidad que deberá ejercer anualmente cada organización cubriendo el año fiscal de 1ro de julio al 30 de junio de cada año, comenzando con el año fiscal de 2004–2005.El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos publicará un aviso público dirigido a las organizaciones laborales sobre el cumplimiento de esta obligación dentro de los primeros veinte (20) días de ser efectiva esta ley en dos (2) ocasiones en por lo menos dos (2) periódicos de circulación general.

(1) Nombre de la organización.

(2) Dirección y teléfono de las oficinas principales y de sucursales y/o subsidiaria locales o regionales.

(3) Nombre y cargos de sus directivos principales conforme a sus estructuras de dirección reglamentaria.

(4) Copia de convenio colectiva vigente y de la constitución y reglamentos internos de la organización.

(5) Número de empleados afiliados y agencias o corporación pública en la cual trabaja su matrícula.

(6) Cuota de [matrícula].

(7) Copia del último estado de situación económica preparado por la organización, responsabilidad que deberá ejercer anualmente cada organización cubriendo el año fiscal de 1ro de julio al 30 de junio de cada año, comenzando con el año fiscal de 2004–2005.El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos publicará un aviso público dirigido a las organizaciones laborales sobre el cumplimiento de esta obligación dentro de los primeros veinte (20) días de ser efectiva esta ley en dos (2) ocasiones en por lo menos dos (2) periódicos de circulación general.

El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos publicará un aviso público dirigido a las organizaciones laborales sobre el cumplimiento de esta obligación dentro de los primeros veinte (20) días de ser efectiva esta ley en dos (2) ocasiones en por lo menos dos (2) periódicos de circulación general.