Buena fe del querellante como requisito previo a obtener remedio

29 L.P.R.A. § 106, under Injunctions en Disputas Obreras.

29 L.P.R.A. § 106

No se concederá ninguna orden de entredicho o recurso de injunction a ningún querellante que haya dejado de cumplir con cualquiera de las obligaciones fijadas por las leyes envueltas en la disputa obrera en cuestión, o que haya dejado de realizar todo esfuerzo para el arreglo de dicha disputa obrera mediante negociación, intervención del Servicio de Conciliación y arbitraje voluntario.