Consentimiento

29 L.P.R.A. § 122i, under Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral.

29 L.P.R.A. § 122i

El contrato de empleo se perfeccionará por el mero consentimiento, y desde entonces obligará, no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que según su naturaleza sean conformes a la ley, la buena fe, los usos y las costumbres del comercio generalmente observadas, salvo que se disponga de otra manera en una ley especial.