Interferencia con derecho al voto—Desalojo del hogar

29 L.P.R.A. § 133, under Protección de los Derechos del Empleado.

29 L.P.R.A. § 133

Cualquier corporación, firma, patrono, oficial, o agente, que por motivo de opiniones políticas, tres (3) meses antes o tres (3) meses después de la fecha de cualquier elección legal, ordene o promueva, cualquier clase de procedimientos con el intento de desalojar de su hogar a cualquier trabajador que haya estado empleado con tal corporación, firma o patrono, y haya ocupado los terrenos de la misma, o de la propiedad del patrono por lo menos con dos años de anterioridad a la fecha de las elecciones, será culpable de delito menos grave.