Discrimen perjudicial por patrono—Patrono, definición de

29 L.P.R.A. § 142, under Protección de los Derechos del Empleado.

29 L.P.R.A. § 142

En las secs. 140 a 143 de este título, a menos que del contexto de las mismas se deduzca otra cosa, la palabra “patrono” incluirá toda persona natural o jurídica que emplee obreros o empleados, y el gerente, administrador, superintendente, capataz, mayordomo, listero, pagador o representante de dicha persona natural o jurídica.