Hostigamiento sexual en el empleo—Concesión o negación de oportunidad o beneficio

29 L.P.R.A. § 155g, under Protección de los Derechos del Empleado.

29 L.P.R.A. § 155g

Cuando el patrono conceda oportunidades o beneficios de empleo como resultado de la sumisión de una persona a los acercamientos o requerimientos sexuales del patrono o de sus agentes o sus supervisores, el primero será responsable de hostigamiento sexual en el empleo ante las personas a quienes les negó tal oportunidad o beneficio.