No será necesario en ninguna acción judicial instada bajo este capítulo unir a la demanda copia del contrato o subcontrato de la obra y será suficiente para su identificación hacer en la demanda una referencia al contrato o subcontrato.
29 L.P.R.A. § 199, under Obreros de la Construcción.
29 L.P.R.A. § 199
No será necesario en ninguna acción judicial instada bajo este capítulo unir a la demanda copia del contrato o subcontrato de la obra y será suficiente para su identificación hacer en la demanda una referencia al contrato o subcontrato.