Multas administrativas

29 L.P.R.A. § 2108, under Incentivo Salarial para Creación de Empleo.

29 L.P.R.A. § 2108

El Administrador del Fomento Comercial podrá imponer multas administrativas a las empresas que reciban incentivos salariales de acuerdo a este capítulo de hasta cinco mil dólares ($5,000) por cada violación a cualquier disposición contenida en el mismo o en las reglas y reglamentos promulgados en virtud de ésta. Además, la empresa deberá devolver a la Administración el incentivo salarial recibido hasta la fecha, por concepto de los participantes envueltos en tal acción.