(a) Con el propósito de diseñar un programa para promover que los(as) empleados(as) del sector privado, particularmente aquellos(as) de empresas pequeñas y medianas y los(as) que trabajan por su cuenta, que tal vez no tienen acceso a las herramientas tradicionales de ahorro para el retiro que ofrecen las instituciones financieras, este capítulo establece un Grupo Especial de Trabajo, el cual estará a cargo de la Administración de Sistemas de Retiro y el cual estará compuesto, al menos, por los siguientes integrantes:(a) Departamento de Hacienda.(b) Colegio de Contadores Públicos Autorizados.(c) Sociedad de Gerentes de Recursos Humanos, SHRM.(d) Educational Management.(e) CONSUMER de Puerto Rico.(f) AARP de Puerto Rico.(g) Asociación de Bancos de Puerto Rico.(h) Liga de Cooperativas.(i) Administración de Sistemas de Retiro.
(a) Departamento de Hacienda.
(b) Colegio de Contadores Públicos Autorizados.
(c) Sociedad de Gerentes de Recursos Humanos, SHRM.
(d) Educational Management.
(e) CONSUMER de Puerto Rico.
(f) AARP de Puerto Rico.
(g) Asociación de Bancos de Puerto Rico.
(h) Liga de Cooperativas.
(i) Administración de Sistemas de Retiro.