Inspección de grúas sin licencia—Prohibición

29 L.P.R.A. § 3002, under Reglamentacion, Certificacion y Licencias.

29 L.P.R.A. § 3002

Ninguna persona se dedicará a la inspección de grúas de construcción e industriales sin antes haber tenido una licencia a esos efectos expedida por el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos.